Constitución telemática vs notarial: ventajas y riesgos en 2025

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Contenido

En los últimos años, la creación de empresas en España ha cambiado radicalmente gracias a la digitalización. Hoy puedes constituir una sociedad 100% online, sin pisar una notaría, o seguir el método clásico con firma presencial ante notario.

En nuestro despacho de abogados mercantiles hemos acompañado a cientos de emprendedores en ambos procesos y sabemos que la duda es común:
“¿Me conviene montar mi sociedad de forma telemática o ir al notario?”

Aquí tienes una comparativa clara de ventajas y riesgos de cada sistema en 2025.

¿Qué es la constitución telemática?

Es la creación de una sociedad a través de una plataforma digital, donde los trámites se hacen online:

  • Reserva de nombre en el Registro Mercantil Central
  • Aportación de capital
  • Firma de estatutos y escritura digital
  • Inscripción en el Registro Mercantil
  • Alta en Hacienda

Dependiendo del tipo de sociedad, se puede firmar incluso con notario por videoconferencia o mediante modelos preaprobados.

¿Qué es la constitución notarial tradicional?

Es el método clásico:

  • Los socios acuden a la notaría
  • Se firma la escritura de constitución en papel
  • El notario envía la documentación al Registro Mercantil
  • Se solicita el NIF provisional y luego el definitivo

Es el proceso habitual de toda la vida y sigue siendo el más usado para sociedades con estatutos personalizados.

Ventajas de la constitución telemática

  • Rapidez: puedes tener tu sociedad en 3-5 días hábiles.
  • Comodidad: todo online, sin desplazamientos.
  • Coste reducido: algunos modelos usan aranceles notariales reducidos.
  • Ideal para SL express: perfecto si tienes prisa y una estructura simple.

Riesgos de la constitución telemática

  • Estatutos genéricos: si no los adaptas, pueden ser un problema a futuro.
  • Limitada para sociedades complejas: no sirve para S.A. grandes o pactos de socios sofisticados.
  • Dependes de certificados digitales: todos los socios necesitan certificado electrónico o Cl@ve.
  • Posibles errores técnicos: retrasos si hay incidencias telemáticas con Hacienda o Registro.

Ventajas de la constitución notarial tradicional

  • Personalización total: estatutos a medida desde el inicio.
  • Asesoramiento directo del notario y abogados.
  • Más segura para sociedades con varios socios o capital alto.
  • Permite incluir pactos especiales desde la escritura inicial.

Desventajas de la vía notarial

  • Más lenta: suele tardar 7-15 días hábiles.
  • Más cara: aranceles completos de notario y registro.
  • Necesita presencia física: todos los socios deben acudir.

Comparativa rápida 2025

FactorTelemáticaNotarial tradicional
Plazo medio3–5 días7–15 días
CosteMás económicoAlgo más alto
EstatutosModelos estándarPersonalizados
Complejidad admitidaBaja-mediaAlta
Comodidad100% onlinePresencial
Seguridad jurídicaMedia si no hay asesoríaAlta con abogado/notario

¿Cuál te conviene?

  • Si eres emprendedor solo, SL simple y con prisa: Constitución telemática.
  • Si hay varios socios, capital alto o pactos complejos: Notarial tradicional.
  • Si buscas rapidez pero con personalización: Telemática + asesoría legal que adapte estatutos.

Experiencia en nuestro despacho

En 2025, el 60% de las sociedades limitadas que constituimos son online, pero siempre personalizamos los estatutos para evitar conflictos futuros.

En cambio, para S.A., pactos de socios avanzados o negocios con varios inversores, recomendamos la vía notarial presencial.

Conclusión

Ambos métodos son legales y válidos. La clave no está en si es telemático o presencial, sino en hacer bien la base legal de tu sociedad desde el principio. Unos estatutos mal hechos o unos trámites incompletos pueden costar mucho más caro después.

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